Entrega y recibo de la nómina

Las familias pueden enfrentarse a gastos extraordinarios para los que pueden necesitar solicitar un anticipo de su nómina a la empresa. La solicitud del anticipo es un derecho del trabajador y está regulado tanto por la ley como por el Estatuto del Trabajador.

¿Qué tipos de anticipos de nómina puede pedir un trabajador a su empresa?

Hay varios tipos de anticipo, uno relacionado con los días trabajados en el mes corriente y otro relacionado con los salarios futuros.

  • Anticipo sobre días ya trabajados

El procedimiento habitual de pago de nóminas es pagar las mismas a mes vencido. El trabajador trabaja durante todo el mes y a final del mismo se retribuye, ya sea en los últimos días de ese mes o los primeros del siguiente.

El derecho a solicitar anticipos por trabajo ya realizado se regula en el artículo 291 del Estatuto de los Trabajadores, donde se menciona que el trabajador tiene el derecho a percibir anticipos a cuenta del trabajo que ya han realizado, sin tener que llegar el día marcado para el pago de las nóminas.

Esto significa que el trabajador puede pedir un anticipo por aquellos días que ya haya trabajado y esta cantidad se descontará en la nómina que reciba a final de mes.

  • Anticipo sobre salarios futuros

Este tipo de anticipos se solicitan a nóminas futuras. En estos casos, son los Convenios Colectivos los encargados de determinar si se puede o no solicitar un anticipo sobre el salario futuro y lo más habitual es pedir justificación de la causa del anticipo.

También existe la posibilidad de que las empresas hagan un anticipo personalizado y pactado por escrito.

¿Cuáles son los pasos para pedir un anticipo de nómina?

El Estatuto de los Trabajadores no regula el proceso para solicitar un anticipo. No obstante, establece que la petición la puede realizar o bien el propio trabajador o bien sus representantes legales en la empresa, con previa autorización. No obstante, antes de solicitar un anticipo es conveniente consultar el Convenio Colectivo y la normativa establecida por cada empresa para conocer el proceso.

Normalmente el procedimiento suele ser la petición escrita al responsable de recursos humanos o superior directo del trabajador.

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