El modelo oficial de recibo de salarios se establece en la Orden de 27 de diciembre de 1994, por la que se aprueba el modelo de recibo individual de salarios, actualizado el 12 de noviembre de 2014 para que se incluyera en la nómina los costes empresariales del trabajador.
El modelo actual está establecido en la Orden ESS/2098/2014. En este enlace podrás descargarte el modelo oficial en PDF.
El anexo de dicha orden se establece todos los datos que ha de contener el recibo individual justificativo del pago de salarios:
- La identificación del empresario.
- Identificación del trabajador.
- El periodo de liquidación.
- Los devengos -percepciones salariales y no salariales-.
- Las deducciones -aportación del trabajador a las cotizaciones de Seguridad Social.
- Impuesto sobre la renta de las personas físicas -IRPF-.
- Anticipos.
- Valor de los productos recibidos en especie y otras deducciones.
- El total a deducir, el líquido total a percibir, firma y sello de la empresa, fecha y “recibí”.
No obstante, también serán válidos los recibos de salarios que, sin eliminar ninguno de los conceptos incluidos en el modelo oficial ni alterar su denominación, contengan modificaciones de carácter puramente formal o incluyan elementos adicionales de información al trabajador sobre la retribución percibida.
A este respecto, es muy significativa la sentencia del Tribunal Supremo de 17 de enero de 2019 que establece la nómina debe de cumplir el principio de transparencia, en el sentido de que: “El contenido de la nómina debe ser transparente, esto es, de fácil comprobación de los conceptos pagados y del cálculo e importe de cada uno de ellos realizando el mínimo número de operaciones matemáticas y sin necesidad de acudir al registro de datos que, aunque el trabajador conozca, no le sean comunicados por la empresa.”