Obligaciones contables de una sociedad limitada

Las sociedades limitadas deberán llevar a cabo una contabilidad ordenada y, de acuerdo a lo establecido en el Código de Comercio deberán llevar los siguientes libros obligatorios.

Estos libros se deberán conservar durante, al menos 6 años desde el último asiento efectuado en los mismos. Respetar este periodo forma parte de las obligaciones de las sociedades limitadas. Además de estos libros, las sociedades, de manera voluntaria, pueden contar y presentar otro tipo de libros y registros como el libro mayor, necesario para la confección de balances y sumas y saldos.

Libro de Inventario y Cuentas Anuales

Este libro se abrirá con el balance inicial detallado de la empresa y en él se inscribirán, al menos trimestralmente con sumas y saldos, los balances de cierre del ejercicio y las cuentas anuales que a su vez incluyen el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias y la memoria.

Libro diario

En este libro se registrará día a día todas las operaciones relativas a la actividad de la empresa. También puede realizarse una anotación conjunta de los totales de las operaciones por periodos no superiores al mes siempre que su detalle quede reflejado en otros libros.

Libro de actas

En este libro se dejará constancia de las Actas de las Juntas de socios celebradas en el seno de la sociedad que además deberán ir debidamente firmadas y se deberán legalizar ante el Registro Mercantil correspondiente.

Libro de registro de socios

En este libro se dejará constancia de las participaciones sociales con las que cuenta cada socio dentro de la sociedad.

Libro de registro de contratos

Si se trata de una sociedad limitada unipersonal.

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