Obligaciones fiscales de una sociedad limitada

Desde su constitución una sociedad limitada tendrá una serie de obligaciones con la Agencia Tributaria. Mientras que algunas obligaciones solo las tendrá en función de la actividad que realice la empresa otras aplican siempre.

Dar de alta la actividad económica

Antes de iniciar la actividad económica de la sociedad limitada deberás de presentar el modelo 036 para dar de alta la actividad que va a realizar la sociedad.

El modelo 036 es una declaración censal que se utiliza para notificar las altas, bajas y modificaciones de empresarios, profesionales y retenedores.

En el modelo 036 se deberá indicar la fecha del alta de la actividad económica, así como el epígrafe correspondiente según la actividad que va a ejercer la sociedad.

Obtención de la firma electrónica

Otra de las obligaciones más importantes de tu Sociedad Limitada es la de obtener su firma electrónica.

La firma electrónica no es ni mas ni menos que un fichero que se instala en el navegador de tu ordenador y permite firmar telemáticamente una transmisión de datos, verificar una recepción y comprobar quién es el emisor de dicha transmisión.

La firma electrónica te permitirá acceder a las notificaciones electrónicas realizadas por Hacienda y además a presentar las declaraciones tributarias.

Actualmente existen muchos proveedores de firma electrónica y también se puede obtener el de la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre realizando la solicitud por internet y personándose en la sede de la AEAT con cita previa para la identificación del solicitante. Alternativamente la identificación se podrá hacer por correos enviando los documentos oportunos que confirmen la identificación del solicitante de la firma electrónica.

Declaraciones trimestrales y anuales

Al presentar el modelo 036 comunicarás a la AEAT las obligaciones en cuanto a la presentación de declaraciones trimestrales y anuales.

En concreto informarás de cuales son las obligaciones tributarias en impuestos como el IVA, IRPF e IS. Y no olvidemos las declaraciones informativas como son el 347 y 349.