Lo primero será encuadrar al Administrador en la Seguridad Social.
Tras el alta de actividad de la sociedad limitada en Hacienda se dispone de un mes para notificar el alta del administrador o administradores de la Sociedad Limitada en la Seguridad Social.
Como administrador según determinadas características se puede estar de alta en el Régimen:
- Especial de Trabajador Autónomo (RETA)
- Especial Asimilado
- General
Y si la Sociedad tiene trabajadores asalariados, deberá cumplir las siguientes obligaciones en la Seguridad Social:
- El empresario deberá inscribirse en la Seguridad Social.
- Comunicar altas, modificaciones o bajas de los empleados.
- Abonar seguros sociales de los trabajadores contratados.